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Servicios de conformidad y garantía de la Directiva de Diligencia Debida de Sostenibilidad Corporativa (CSDDD)

Prepárate para el cumplimiento de la CSDDD de la UE y mejora la diligencia debida con el apoyo de SGS.

¿Qué es el CSDDD?

La CSDDD, también conocida como CS Triple D o CS3D, exige que las organizaciones de la UE y de fuera de la UE lleven a cabo la diligencia debida medioambiental y de derechos humanos en sus operaciones, filiales y cadenas de valor. Para lograr ajustarse a la normativa, las organizaciones deben identificar, prevenir, mitigar y tener en cuenta los impactos negativos en los derechos humanos y el medio ambiente.

El objetivo es fomentar un comportamiento corporativo sostenible y responsable, al tiempo que se anclan los derechos humanos y las consideraciones medioambientales en las operaciones y el gobierno corporativo de las organizaciones. Los requisitos tienen por objeto garantizar que las empresas aborden los efectos adversos de sus acciones, incluidos los de sus cadenas de valor, dentro y fuera de Europa. Esto reducirá el riesgo de tales impactos adversos dentro de las cadenas de valor globales.

La directiva es la primera legislación de la UE que obliga a las organizaciones a adoptar un plan de transición climática y se ajusta a la Directiva de informes de sostenibilidad corporativa (CSRD) de la UE y las normas asociadas. Las grandes empresas dentro del ámbito de aplicación deben tener un plan para garantizar que sus estrategias comerciales sean compatibles con limitar el calentamiento global a 1,5 °C, en línea con el Acuerdo de París y otros objetivos.

Publicada en el Diario Oficial de la UE en julio de 2024, los Estados miembros disponen de dos años (hasta el 26 de julio de 2026) para transponer la Directiva a la legislación nacional. El momento en que se aplicará depende del tamaño de la organización:


Categoría de la empresaPlazo de cumplimientoInicio de las divulgaciones
Grandes empresas

Empresas de la UE con:

  • más de 5000 empleados
  • más de 1500 millones de EUR de facturación neta en todo el mundo
26 de julio de 2027Año financiero que comience a partir del 1 de enero de 2028

Empresas no pertenecientes a la UE con:

  • EUR 1,500m+ de facturación en la UE
Medianas empresas

Empresas de la UE con:

  • Más de 3000 empleados
  • más de 900 millones de EUR de facturación neta en todo el mundo
26 de julio de 2028Año financiero que comience a partir del 1 de enero de 2029

Empresas no pertenecientes a la UE con:

  • Más de 900 millones de euros de facturación en la UE
Otras empresas incluidas en el ámbito de aplicación

Empresas de la UE con:

  • con más de 1000 empleados
  • más de 450 millones de euros de facturación neta en todo el mundo
26 de julio de 2029Año financiero que comience a partir del 1 de enero de 2029

Empresas no pertenecientes a la UE con:

  • ≥450 millones de euros de facturación en la UE

La CSDDD se aplicará a través de la responsabilidad administrativa y civil. Los Estados miembros de la UE designarán autoridades para supervisar e imponer sanciones, incluidas multas de al menos el 5% de la facturación neta mundial.

Podemos ayudarte a materializar los beneficios comerciales de la directiva, entre los que se incluyen:

  • Un marco jurídico armonizado en la UE, proporcionando seguridad jurídica y unas condiciones de competencia equitativas.
  • Mayor confianza del cliente y compromiso de los empleados
  • Mayor concienciación sobre los impactos negativos de las organizaciones en el medio ambiente y los derechos humanos
  • Mejor gestión de riesgos y adaptabilidad
  • Mayor atractivo para el talento, los inversores orientados a la sostenibilidad y los procedimientos públicos
  • Más atención a la innovación
  • Mejor acceso a la financiación

Combinando más de 30 años de liderazgo en sostenibilidad con décadas de experiencia en el aseguramiento de la cadena de suministro, proporcionamos un apoyo y una verificación exhaustivos en materia de DSDC, tanto si estás dando tus primeros pasos como si estás más cerca de tus objetivos finales.

Nuestra red mundial de expertos en sostenibilidad, medioambiente y derechos humanos ofrece un mapeo detallado, verificación in situ y garantía de informes, que incluye:

  • Revisar tu cumplimiento de la CSDDD, señalando los puntos fuertes y débiles
  • Evaluar objetivamente tu cumplimiento de todas las prácticas pertinentes en materia de derechos humanos y medio ambiente
  • Evaluar las partes clave de tu cadena de actividades para ayudarte a prevenir y erradicar los principales problemas
  • Apoyarte para evitar costosas penalizaciones y sanciones

Sea cual sea tu nivel de cumplimiento de CSDDD, consideraremos el plazo y los recursos necesarios para alcanzar tus objetivos. Consulta nuestras preguntas frecuentes para obtener más información.

Consulte nuestros servicios o contacta con nosotros para obtener más información.

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Preguntas frecuentes sobre CSDDD

La CSDDD establece un deber de diligencia debida corporativa. Los elementos centrales se refieren a la identificación, finalización, prevención, mitigación y rendición de cuentas de los impactos negativos en los derechos humanos y el medio ambiente en las operaciones, las filiales y las cadenas de valor de la empresa.

Las organizaciones con sede en la UE deben ajustarse a la normativa, si tienen:

  • +1,000 empleados
  • Una facturación neta en todo el mundo de más de 450 millones de EUR

Es posible que las organizaciones con sede fuera de la UE también deban ajustarse a la normativa si realizan negocios significativos en la UE.

Las normas propuestas no afectan a las microempresas ni a las pequeñas y medianas empresas (PYMEss). Sin embargo, la Directiva proporciona medidas de apoyo y protección para las PYMEss que podrían verse afectadas indirectamente como socios comerciales de la cadena de valor.

Las organizaciones deben actuar para prevenir o mitigar los impactos potenciales que identifiquen y poner fin o minimizar los impactos reales. Si una organización no cumple y se producen daños, podría ser responsable y enfrentarse a sanciones económicas.

Se incentiva a los directores a contribuir a los objetivos de sostenibilidad y mitigación del cambio climático. La Directiva también introduce obligaciones para los directores de las empresas de la UE cubiertas. Estos incluyen el establecimiento y la supervisión de la implementación de procesos de debida diligencia y la integración de la debida diligencia en la estrategia corporativa.

Además, al cumplir con su deber de actuar en el mejor interés de la empresa, los directores deben considerar los derechos humanos, el cambio climático y las consecuencias ambientales de sus decisiones.

Hay seis pasos que reflejan los de la Guía de diligencia debida para una conducta empresarial responsable de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE):


  1. Adoptar una política sobre la diligencia debida que describa el enfoque de la organización en este ámbito y un código de conducta. Actualizar anualmente e integrarlos en las políticas corporativas
  2. Identificar los impactos adversos potenciales y reales en los derechos humanos y el medio ambiente de sus operaciones, subsidiarias y relaciones comerciales directas e indirectas de la cadena de valor
  3. Prevenir o mitigar los posibles impactos adversos y/o minimizar los impactos adversos reales. Desarrolla e implementa un plan de acción preventiva, obtén garantías contractuales de los socios comerciales, realiza las inversiones necesarias y apoya a las PYMEss. Poner fin a los vínculos comerciales, si fuera necesario
  4. Crear un procedimiento de quejas que permita a las personas y organizaciones afectadas presentar quejas sobre impactos adversos reales o potenciales.
  5. Evaluar periódicamente la implementación y eficacia de las medidas de diligencia debida. Esto debe ser al menos cada 12 meses o después de un cambio significativo
  6. Las organizaciones en el ámbito de aplicación de la CSRD deben comunicar información relevante de diligencia debida a través de sus informes anuales. Las empresas que no estén sujetas a la CSRD deben publicar una declaración anual en sus sitios web

Para el paso 3, las empresas deben verificar que sus socios comerciales directos e indirectos cumplan con los pasos y acciones de sus garantías contractuales. Las organizaciones pueden utilizar un tercero independiente o una iniciativa de la industria para llevar a cabo la verificación.

Si las organizaciones ven impactos adversos potenciales y/o reales en sus cadenas de valor, se les anima a interactuar con sus cadenas de valor para prevenir y mitigar los posibles impactos adversos y/o minimizar y poner fin a los impactos adversos reales.

Se desaconseja a las organizaciones dar por terminadas las relaciones comerciales cuando se materialicen efectos adversos, a menos que sea temporal o el último recurso.

Además de los beneficios empresariales mencionados, la Directiva apoyará a los ciudadanos y a los países en desarrollo.

Para los ciudadanos:

  • Mayor protección de los derechos humanos, incluidos los derechos laborales
  • Un entorno más saludable para las generaciones actuales y futuras
  • Aumento de la confianza en las empresas
  • Mayor transparencia que permite tomar decisiones informadas
  • Mejor acceso a la justicia para las víctimas

Para los países en desarrollo:

  • Mejor protección de los derechos humanos y el medio ambiente
  • Mayor concienciación de las partes interesadas sobre cuestiones clave de sostenibilidad
  • Inversión sostenible
  • Mejores prácticas relacionadas con la sostenibilidad
  • Mayor adopción de las normas internacionales
  • Mejora de las condiciones de vida de las personas

El CSDDD se implementará por fases y afectará primero a las empresas más grandes:

  • 2027 - organizaciones con más de 5000 empleados y más de 1500 millones de EUR de facturación
  • 2028 – organizaciones con más de 3000 empleados y más de 900 millones de EUR de facturación
  • 2029 – organizaciones con más de 1000 empleados y más de 450 millones de EUR de facturación

Supervisión administrativa:

Los Estados miembros deben designar supervisores nacionales para garantizar el cumplimiento y supervisar la correcta aplicación. Pueden investigar y sancionar a las empresas infractoras, si es necesario. Las sanciones serán efectivas, proporcionadas y disuasorias, y se basarán en el volumen de negocios de una organización.

A nivel europeo, la Comisión Europea creará una Red Europea de Autoridades de Supervisión para reunir a representantes de organismos nacionales con el fin de garantizar un enfoque coordinado.

Responsabilidad civil:

Los Estados miembros garantizarán que las víctimas reciban una indemnización por los daños y perjuicios causados por la falta de diligencia debida intencionada y negligente.

Las organizaciones son responsables de los daños si no previenen los impactos adversos potenciales y/o reales, o los impactos adversos que se produjeron como resultado. Las personas afectadas pueden interponer acciones y reclamar una indemnización.

A escala europea, las autoridades de supervisión garantizarán una aplicación coordinada. Pueden iniciar investigaciones e inspecciones si hay indicios suficientes de incumplimientos de la empresa. Se podrían aplicar sanciones administrativas, con multas de al menos el 5% de la facturación neta global de la empresa en el último ejercicio.

Las empresas tendrán que asumir:

  • Los costes de establecimiento y funcionamiento de los procedimientos de diligencia debida
  • Costes de transición, incluidos los gastos e inversiones para cambiar las operaciones y las cadenas de valor de la empresa para cumplir con la obligación de diligencia debida, si fuera necesario

Muchos grupos de partes interesadas, incluidos representantes de la sociedad civil, ciudadanos de la UE, empresas y asociaciones empresariales, han pedido normas obligatorias de diligencia debida. El 70% de las empresas que respondieron a una consulta pública enviaron un mensaje claro: es necesaria una acción de la UE en materia de diligencia debida de sostenibilidad corporativa.

Las empresas desempeñan un papel clave en la creación de una economía y una sociedad sostenibles y justas. Un tercio de las empresas reconoce la necesidad de abordar los efectos adversos de sus acciones sobre los derechos humanos o el medio ambiente, pero el progreso es lento y desigual.

Las cadenas de suministro, cada vez más complejas y globales, dificultan que las empresas obtengan información fiable sobre las operaciones de los proveedores. La fragmentación de las normas nacionales sobre las obligaciones de diligencia debida relacionadas con la sostenibilidad de las empresas ralentiza aún más la adopción de buenas prácticas. Las medidas autónomas de algunos Estados miembros no son suficientes para ayudar a las empresas a explotar todo su potencial y actuar de forma sostenible.

  • 23 de febrero de 2022: La Comisión Europea presentó una propuesta de Directiva al Parlamento Europeo
  • 1 de diciembre de 2022: El Consejo Europeo ha adoptado su enfoque general a la Directiva
  • 14 de diciembre de 2023: El Consejo y el Parlamento han alcanzado un acuerdo provisional
  • 24 de mayo de 2024: El Consejo dio su aprobación final a la CSDDD
  • 5 de julio de 2024: La CSDDD se publicó en el Diario Oficial de la UE. Los Estados miembros disponen de dos años (hasta el 26 de julio de 2026) para transponer la Directiva

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